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Factura electrónica entre empresas en España: el calendario

La obligación ya está aprobada, pero aún no se aplica: el plazo empezó a contar el 6 de octubre de 2026.

Qué está aprobado

La Ley 18/2022 («Crea y Crece») obliga a todos los empresarios y profesionales a usar la factura electrónica en sus relaciones comerciales entre sí, tanto al expedirla como al recibirla. El Real Decreto 238/2026 lo desarrolla, y la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026, regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria y pone en marcha los plazos.

Desde cuándo

  • 6 de octubre de 2027: empresarios y profesionales con un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros — factura electrónica al expedir y al recibir, e información sobre el estado de las facturas.
  • 6 de octubre de 2028: el resto de empresarios y profesionales (las personas jurídicas también informan del estado de las facturas).
  • 6 de octubre de 2029: personas físicas y entidades en atribución de rentas, para informar del estado de las facturas y los pagos.

Hoy, en octubre de 2026, nada de esto es aún obligatorio entre empresas.

Formatos

La factura debe ajustarse al modelo semántico de la norma europea EN 16931, en una de estas sintaxis: CII, UBL, EDIFACT o Facturae (art. 7.1). La solución pública de la Agencia Tributaria, gratuita, utiliza UBL (art. 11), y quien use una plataforma privada debe enviarle una copia fiel en UBL (art. 6.2). Durante los primeros doce meses, las empresas de más de 8 millones deben acompañar la factura de un PDF legible, salvo que el cliente acepte el formato original (disposición transitoria 2.ª).

Este sitio lee UBL y CII. No lee Facturae ni EDIFACT: los reconoce y lo indica.

VERI*FACTU es otra cosa

VERI*FACTU regula los programas de facturación (sus registros), no la factura electrónica. Según el texto en vigor, los programas deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y del 1 de julio de 2027 (el resto). El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazarlo hasta octubre de 2028; mientras no se publique en el BOE, siguen vigentes las fechas de 2027.

Con las administraciones públicas

Desde 2015, las sociedades que facturan a las administraciones públicas deben hacerlo electrónicamente a través del punto general de entrada (FACe), en formato Facturae (Ley 25/2013).

Este sitio no es una plataforma de facturación y no se comunica con la Agencia Tributaria. Abre los archivos de factura solo en tu dispositivo.

Los datos de esta página se contrastaron con fuentes primarias el 2026-10-21.